Siete respuestas sobre el nuevo impuesto a los pagos con divisas

 

Los dólares fueron una forma de pago que se popularizó en Venezuela desde hace cuatro años. Por eso, el nuevo impuesto a los pagos con divisas ahora es un asunto que compete a cualquiera que utilice la moneda estadounidense para pagar en un supermercado, una farmacia, una ferretería o, incluso, en franquicias de comida rápida y restaurantes.  

El nuevo Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (Igtf) a los pagos con divisas entró en vigencia desde este lunes 28 de marzo en todo el país. Sin embargo, todavía hay muchas dudas entre las empresas, los comerciantes y los ciudadanos sobre este tributo.

En Efecto Cocuyo encontramos las respuestas a las dudas más comunes sobre este nuevo impuesto a los pagos con divisas.

1️⃣ ¿Quiénes cancelarán este impuesto?

Todos los consumidores que utilicen dólares en efectivo para hacer sus compras en los negocios que el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat) haya identificado como “sujeto pasivo especial” o contribuyentes especiales.

Por ejemplo, las cadenas de supermercados como Unicasa, Central Madeirense, Automercados Plaza’s, Gama, Hiper Líder y Garzón son parte de esos comercios que ahora tienen que cobrarles a sus clientes un monto adicional correspondiente al nuevo impuesto a los pagos con divisas.

Esto también incluye a otras grandes empresas como Farmatodo, Locatel y Ferreterías EPA. Al igual que otras franquicias como Arturo’s, KFC, Pizza Hut o Mc Donald’s de Venezuela y tiendas como Traki o Daka.

Un punto a tener en cuenta es que los contribuyentes especiales no solo son las grandes empresas en el país. El Seniat nombró bajo esta etiqueta también a pequeños comerciantes que tienen panaderías, farmacias, perfumerías, licorerías, zapaterías, ventas de ropa y restaurantes en distintas regiones del país. Incluso algunas personas naturales dedicadas a la prestación de servicios como la medicina, la contaduría o la comunicación social también forman del grupo de contribuyentes especiales.

2️⃣ ¿Cuánto impuesto se tiene que pagar?

La legislación del Igtf estableció que la alícuota es de 3% para el monto pagado en divisas. Esto supone que al momento de utilizar dólares, euros, pesos colombianos o reales brasileños en efectivo para realizar las compras, estos comerciantes con la distinción especial del Seniat están obligados a cobrarles a sus clientes este nuevo impuesto.

Por ejemplo, si una persona hace una compra de 100 dólares en el supermercado y elige cancelar solo con dólares en efectivo, tiene que sumar otros 3 dólares a su cuenta por causa del Igtf.

Lo mismo ocurre si una persona compra un televisor de pantalla curva de 1.000 dólares en una tienda de electrodomésticos. Si cancela con dólares en efectivo, tendrá que sumar 30 dólares adicionales que están destinados al pago del tributo.

Si estas compras, por el contrario, se cancelan con una tarjeta de débito asociada a las cuentas nacionales en dólares o con una tarjeta internacional Visa o Mastercard, entonces el comercio no deberá cobrarle este 3% adicional del impuesto a los pagos con divisas. Esto pasa porque el comerciante, al final, recibirá bolívares en esta transacción bancaria.

3️⃣ ¿Hay un monto mínimo para el cobro del impuesto?

No. A pesar que el impuesto lleva el nombre de “Grandes Transacciones”, los comercios están obligados a cobrar el tributo al recibir los dólares en efectivo, aunque solo se utilice un billete de 1 o 5 dólares para completar el pago.

Tampoco hay una medida de exoneración de productos como ocurre con el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En otras palabras, el pago del Igtf se hace en el supermercado sin importar que se compren solo alimentos básicos como una harina de maíz, unas verduras y una proteína como el pollo. Lo que determina si se paga o no este nuevo impuesto es el uso de la moneda extranjera a la hora de cancelar la compra en la caja.

Pago con divisas
Foto: Mairet Chourio

4️⃣ ¿Qué pasa con los pagos mixtos con dólares en efectivo y bolívares?

Cuando una persona cancele su compra una parte con dólares en efectivo y otra parte en bolívares, solo tendrá que pagar el impuesto por la fracción de las divisas.

Por ejemplo, si alguien hace una compra de 60 dólares en el supermercado y decide pagar con un billete de 50 dólares y el restante con bolívares, solo tendrá que cancelar un monto de 1,5 dólares por el nuevo impuesto a los pagos con divisas.

5️⃣ ¿Se excluye el monto del IVA?

No. En las charlas que los funcionarios del Seniat empezaron a realizar esta semana a los representantes de las empresas explicaron que el Igtf se trata de un impuesto aparte que pecha al monto total pagado en divisas.

En consecuencia, la base imponible a usar para el cálculo del nuevo impuesto a los pagos con divisas se determina es por el monto cancelado directamente con dólares en efectivo, esto incluye el precio original del producto y también el 16% del IVA.

6️⃣ ¿La factura debe registrar el pago con divisas?

Sin importar si se hacen en una máquina fiscal o si son hechas a mano en formatos autorizados por el Seniat, estas facturas tienen que reportar el concepto del Igtf y la alícuota cobrada del 3% sobre el monto cancelado con dólares en efectivo.

7️⃣ ¿La banca también cobrará este impuesto?

A las personas naturales y las empresas que están catalogadas como contribuyentes especiales, la banca está obligada a cobrarles el 3% del Igtf de forma automática de sus cuentas nacionales en dólares y también de las cuentas custodias.

Este cobro aplica tanto al momento de realizar una transferencia en dólares a otro cliente en el mismo banco, como al momento de hacer un retiro de efectivo en la taquilla bancaria. Al final, se trata de dos operaciones que generan un débito y que se convierten en un hecho imponible de este nuevo Igtf para las divisas.

Si tienen alguna otra duda adicional sobre este Igtf, los invitamos a compartirlas en nuestras redes sociales.

Foto principal: Isabella Reimí | Efecto Cocuyo

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